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  • DESCRIPCIÓN: Hoteles de alta categoría localizados en edificios emblemáticos o emplazamientos destacables que han sido seleccionados por su interés histórico, artístico o cultural. REFERENCIA TERRITORIAL: Extremadura. FORMATO: shp. FUENTE: Dirección General de Turismo - Centro de Información Cartográfica y Territorial de Extremadura. Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo). 2015

  • DESCRIPCIÓN: Las plazas de toros son recintos cerrados, generalmente circulares y descubiertos, donde se celebran las corridas de toros. REFERENCIA TERRITORIAL: Extremadura. FORMATO: shp. FUENTE: Dirección General de Turismo - Centro de Información Cartográfica y Territorial de Extremadura. Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo). 2015

  • DESCRIPCIÓN: Lugar de un monasterio o una casa de una comunidad religiosa destinado a hospedar a visitantes y peregrinos que pagan por su alojamiento y los servicios complementarios. REFERENCIA TERRITORIAL: Extremadura. FORMATO: shp. FUENTE: Dirección General de Turismo - Centro de Información Cartográfica y Territorial de Extremadura. Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo). 2015

  • DESCRIPCIÓN: Las Unidades Departamentales de Información Administrativa (UDI), nacidas bajo el amparo del Decreto 139/2000 que regula la información administrativa y atención al ciudadano, se crean como unas oficinas cuya misión principal es la de facilitar a los ciudadanos la información que soliciten sobre la organización y actividad de la consejería de la que dependen. REFERENCIA TERRITORIAL: Extremadura. FORMATO: shp. FUENTE: Centro de Información Cartográfica y Territorial de Extremadura (Junta de Extremadura)). 2013

  • DESCRIPCIÓN: Instalaciones públicas que tienen como objetivo la exposición y desarrollo de ferias de distinto tipo. REFERENCIA TERRITORIAL: Extremadura. FORMATO: shp. FUENTE: Dirección General de Turismo - Centro de Información Cartográfica y Territorial de Extremadura. Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo). 2015

  • DESCRIPCIÓN: Instalaciones permanentes con un área donde los campistas pueden colocar su tienda o caravana y disfrutar de ciertos servicios como agua potable, baños, electricidad, etc. Normalmente se paga una cuota por cada día de estancia.. REFERENCIA TERRITORIAL: Extremadura. FORMATO: shp. FUENTE: Centro de Información Cartográfica y Territorial de Extremadura). 2009

  • DESCRIPCIÓN: La REP es un servicio abierto, público y gratuito, que permite realizar posicionamientos de precisión centimétrica en tiempo real o en postproceso a cualquier marca de receptores del mercado, utilizando receptores GNSS (con cualquier constelación, GPS; GLONASS; Galileo,…) y una conexión a Internet a través de telefonía móvil. El área de influencia es el ámbito de influencia de la Red de Estaciones de Referencia GNSS de Extremadura (REP). Las estaciones GNSS son las estaciones del sistema global de navegación por satélite (acrónimo en inglés: GNSS). REFERENCIA TERRITORIAL: Extremadura. FORMATO: shp. FUENTE: Centro de Información Cartográfica y Territorial de Extremadura (Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo. Gobierno de Extremadura)). 2010

  • DESCRIPCIÓN: La Oficinas de Respuesta Personalizada (ORP) son una red de espacios que permiten ofrecer servicios integrados de información, orientación, atención y tramitación sobre determinadas áreas de la actividad administrativa de la Junta de Extremadura. REFERENCIA TERRITORIAL: Extremadura. FORMATO: shp. FUENTE: Centro de Información Cartográfica y Territorial de Extremadura (Junta de Extremadura)). 2013

  • DESCRIPCIÓN: Una oficina de información turística es la organización encargada de proveer información a los turistas potenciales y turistas que visitan un determinado lugar. Las oficinas de turismo suelen proporcionar materiales informativos gratuitos como mapas, planos y folletos, postales y otros materiales de interés. REFERENCIA TERRITORIAL: Extremadura. FORMATO: shp. FUENTE: Dirección General de Turismo - Centro de Información Cartográfica y Territorial de Extremadura. Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo). 2013

  • DESCRIPCIÓN: La declaración legal denominada Bien de Interés Cultural es una figura de protección regulada por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Posteriormente esta figura de máximo rango ha sido asumida paulatinamente por la legislación de las comunidades autónomas, entidades que participan en la incoación de expedientes y estudios, con la supervisión del Ministerio de Cultura para la declaración definitiva. Según prevé la propia Ley, un BIC es cualquier inmueble y objeto mueble de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico, que haya sido declarado como tal por la administración competente. También puede ser declarado como BIC, el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico. METODOLOGÍA: Conforme a lo establecido en la Ley 16/1985, para que un elemento patrimonial pase a formar parte del Catálogo de Bienes de Interés Cultural de España, es preciso que se incoe un expediente por la administración competente (aunque puede hacerse a solicitud de entidades o particulares). Una vez incoado el expediente, se le aplica al bien patrimonial, con carácter preventivo, toda la protección jurídica prevista en las leyes. El expediente se resuelve por acuerdo, bien del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, mediante Decreto (cuando tenga transferida esta competencia), bien del Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Cultura, mediante Real Decreto. REFERENCIA TERRITORIAL: Extremadura. FORMATO: shp. FUENTE: Consejería de Cultura y Turismo (Gobierno de Extremadura)). 2014